Universidad del Bío-Bío: prescritos 11 de 15 pagarés
2º Juzgado Civil de Concepción · Sentencia del 13 de febrero de 2026 · 11 pagarés firmados entre 2004 y 2008
Nuestro cliente firmó 15 pagarés del Fondo Solidario entre 2003 y 2008, por 174,27 UTM.
Demandamos la prescripción en 2025 y la universidad contestó. El tribunal declaró prescritos 11 pagarés, por 139,35 UTM. No declaró prescritos los otros 4, de 2003, porque sus copias no eran legibles y no permitían establecer su fecha ni su monto.
Cómo se contó la prescripción
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2004 – 2008
Firma de 11 pagarés
Por 139,35 UTM en total.
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2025
Presentamos la demanda de prescripción
La universidad contesta y pide rechazarla.
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13-02-2026
Sentencia: prescripción parcial
Se acoge la demanda respecto de 11 pagarés.
Lo que alegó, y por qué no prosperó
“El crédito del Fondo Solidario es imprescriptible”
RechazadaLa Ley 19.287 no contiene norma que consagre la imprescriptibilidad, y la prescripción es un modo de extinguir de aplicación general (art. 1567 N° 10, Código Civil).
“El plazo de prescripción se interrumpió”
RechazadaNo se acompañaron antecedentes que acreditaran una interrupción de la prescripción.
Lo que resolvió el tribunal
- Declara prescritas las acciones de cobro de 11 pagarés y extinguida la obligación hasta por sus montos.
- Rechaza la prescripción de 4 pagarés de 2003, porque sus copias no eran legibles.
Análisis del caso
Qué estaba en discusión
La universidad contestó y pidió rechazar la demanda. Alegó que la demandante no había pedido expresamente la prescripción de las acciones cambiarias, y que el tribunal no podía declarar más de lo pedido.
Qué resolvió el tribunal
El tribunal rechazó ese argumento: la demanda pedía la prescripción de todas las acciones derivadas del Fondo Solidario, lo que incluye las de los pagarés y las del préstamo.
La última matrícula fue en 2008, así que respecto de 11 pagarés de 2004 a 2008 habían pasado con creces los plazos de un año (acción cambiaria) y de cinco años (acción ordinaria), sin interrupción acreditada.
Pero cuatro pagarés de 2003 se rechazaron: las copias acompañadas no eran legibles, y el tribunal no pudo establecer su fecha ni su monto.
Lo que no se concedió
Tampoco se concedió oficiar a Tesorería, porque no era parte del juicio. No hubo condena en costas.
Qué significa si tu caso se parece
- La calidad de los documentos importa tanto como su contenido: un pagaré ilegible puede quedar fuera de la sentencia.
- Antes de demandar, conviene revisar que cada pagaré se lea bien. Si no tienes copias claras, se pueden pedir a la universidad: lo explicamos en la guía No tengo los pagarés del Fondo Solidario.
- Una demanda bien redactada debe pedir la prescripción de todas las acciones de cobro, no solo de algunas.
Sentencia de primera instancia en causa patrocinada por el estudio, publicada sin datos personales del cliente. El resultado de este caso no garantiza el de un caso futuro: cada caso depende de sus antecedentes.
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