Universidad de Antofagasta demandó el cobro de $7,9 millones. El tribunal declaró prescrita la acción.
4º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta · Sentencia del 14 de agosto de 2026 · Cuotas 5ª y 6ª de un pagaré de reprogramación de 2012
La universidad demandó a nuestro cliente por $7.883.391, correspondientes a las cuotas 5ª y 6ª de un pagaré de reprogramación firmado en 2012 bajo la Ley 20.572, vencidas en diciembre de 2017 y 2018.
Asumimos la defensa y opusimos la excepción de prescripción. El tribunal aplicó el plazo de cinco años del art. 2515 del Código Civil a cada cuota, la declaró prescrita y rechazó la demanda.
Cómo se contó la prescripción
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09-11-2012
Pagaré de reprogramación
Seis cuotas anuales entre 2013 y 2018 (Ley 20.572).
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21-01-2026
La universidad demanda el cobro
Contestamos oponiendo la excepción de prescripción.
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14-08-2026
Sentencia: acción prescrita
Se rechaza la demanda de cobro.
Lo que alegó, y por qué no prosperó
“Las leyes del crédito universitario establecen su imprescriptibilidad”
RechazadaLas leyes 19.287 y 20.572 no establecen imprescriptibilidad (considerando 7°).
Lo que resolvió el tribunal
- Declara prescrita la acción ordinaria de cobro por $7.883.391, correspondiente a las cuotas 5ª y 6ª del pagaré.
Análisis del caso
Qué estaba en discusión
En este caso fue la universidad la que demandó: pidió el pago de $7,9 millones, correspondientes a las cuotas 5ª y 6ª de un pagaré de reprogramación firmado en 2012 bajo la Ley 20.572. Nuestra clienta se defendió alegando que esas cuotas ya estaban prescritas.
Qué resolvió el tribunal
El tribunal explicó que, tras una reprogramación, el plazo se cuenta desde el vencimiento de cada cuota del nuevo plan de pago, y no desde el egreso.
Las cuotas cobradas vencieron el 31 de diciembre de 2017 y el 31 de diciembre de 2018. Cuando se notificó la demanda, en marzo de 2026, habían pasado más de cinco años respecto de ambas.
No había prueba de interrupción ni de reconocimiento de la deuda, así que acogió la excepción de prescripción y rechazó completamente el cobro.
Lo que no se concedió
La universidad no fue condenada en costas, aunque perdió por completo: el tribunal estimó que tuvo fundamentos plausibles para demandar.
Qué significa si tu caso se parece
- La prescripción no solo sirve para demandar: también es una defensa cuando la universidad te demanda a ti.
- Si repactaste o reprogramaste tu deuda, el plazo se cuenta desde las cuotas del nuevo pagaré. Las cuotas que sí pagaste no impiden que prescriban las que quedaron impagas.
- Si recibiste una demanda, no la dejes pasar: revisa la guía Me demandó mi universidad por el Fondo Solidario.
Sentencia de primera instancia en causa patrocinada por el estudio, publicada sin datos personales del cliente. El resultado de este caso no garantiza el de un caso futuro: cada caso depende de sus antecedentes.
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