Universidad de Concepción: prescritos 4 pagarés firmados entre 1998 y 2002
2º Juzgado Civil de Concepción · Sentencia del 19 de enero de 2026 · 4 pagarés firmados entre 1998 y 2002
Nuestro cliente firmó 4 pagarés del Fondo Solidario entre 1998 y 2002, por 171,35 UTM.
Demandamos la prescripción en 2025. La universidad contestó y pidió rechazar la demanda, alegando que la deuda se paga en cuotas anuales durante 12 o 15 años y que cada cuota vence por separado. El tribunal declaró prescritas las acciones de cobro y extinguida la obligación por los montos de los pagarés.
Cómo se contó la prescripción
-
1998 – 2002
Firma de 4 pagarés
Por 171,35 UTM en total.
-
2025
Presentamos la demanda de prescripción
La universidad contesta y pide rechazarla.
-
19-01-2026
Sentencia: deuda prescrita
Se acoge la demanda.
Lo que alegó, y por qué no prosperó
“El crédito del Fondo Solidario es imprescriptible”
RechazadaLa Ley 19.287 no contiene norma que consagre la imprescriptibilidad, y la prescripción es un modo de extinguir de aplicación general (art. 1567 N° 10, Código Civil).
“El plazo de prescripción se interrumpió”
RechazadaNo se acompañaron antecedentes que acreditaran una interrupción de la prescripción.
Lo que resolvió el tribunal
- Acoge la demanda y declara prescritas las acciones de cobro de los pagarés.
- Declara extinguida la obligación hasta por los montos que contemplan.
Sentencia de primera instancia en causa patrocinada por el estudio, publicada sin datos personales del cliente. El resultado de este caso no garantiza el de un caso futuro: cada caso depende de sus antecedentes.
Ver el análisis de las 10 sentencias de la Universidad de Concepción →

