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Demanda colectiva

Universidad de Los Lagos: prescritas las acciones de cobro contra un grupo de exalumnos

1º Juzgado de Letras de Osorno · Sentencia del 14 de febrero de 2026 · 266 pagarés firmados entre 1994 y 2015

En breve

Un grupo de exalumnos de la Universidad de Los Lagos demandó en conjunto la prescripción de sus deudas del Fondo Solidario, documentadas en pagarés firmados entre 1994 y 2015.

La universidad contestó la demanda. El tribunal declaró prescritas las acciones de la universidad para cobrar a los demandantes.

El plazo

Cómo se contó la prescripción

  1. 1994 – 2015

    Firma de los pagarés

    Pagarés de varios demandantes.

  2. 2023

    Presentamos la demanda de prescripción

    La universidad contesta.

  3. 14-02-2026

    Sentencia: deuda prescrita

    Se acoge la demanda.

La sentencia

Lo que resolvió el tribunal

  1. Declara prescritas las acciones de la universidad para cobrar a los demandantes.
  2. Rechaza la falta de legitimación pasiva de la universidad y de su rector, la imprescriptibilidad y el plazo de 15 años que alegó la universidad. Sin costas.
Nuestra lectura

Análisis del caso

Qué estaba en discusión

En una sola demanda, un grupo de exalumnos pidió la prescripción de sus créditos del Fondo Solidario. La universidad alegó falta de legitimación, tanto suya como de su rector, y sostuvo que las retenciones de impuestos hechas por Tesorería habían interrumpido la prescripción.

Qué resolvió el tribunal

El tribunal rechazó ambas defensas de falta de legitimación.

Con las actas y certificados de egreso o de última matrícula, estableció que todos los créditos se habían hecho exigibles, a más tardar, en 2010. Al notificarse la medida prejudicial, en 2023, y la demanda, en 2025, habían pasado más de cinco años.

Siguiendo a la Corte Suprema, concluyó que las retenciones de la devolución de impuestos no interrumpen la prescripción: las hace Tesorería por ley, sin intervención ni consentimiento del deudor, así que no equivalen a un reconocimiento de la deuda.

Se declararon prescritas las acciones de cobro de la universidad respecto de todos los demandantes.

Lo que no se concedió

No hubo condena en costas: el tribunal estimó que la universidad tuvo motivos plausibles para litigar.

Qué significa si tu caso se parece

  • Si a varios exalumnos les cobra la misma universidad, es posible demandar en conjunto.
  • Que Tesorería te haya retenido la devolución de impuestos no “reinicia” el plazo de prescripción.
  • Para cada persona hay que acreditar cuándo egresó o se matriculó por última vez. Ese documento es la base del cálculo.

Sentencia de primera instancia en causa patrocinada por el estudio, publicada sin datos personales del cliente. El resultado de este caso no garantiza el de un caso futuro: cada caso depende de sus antecedentes.

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